Regulación de la gestación subrogada en México: análisis legal, ético y práctico
Derechos humanos y gestación subrogada: el caso de México
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Derechos humanos y gestación subrogada: el caso de México

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La gestación subrogada no es solo un procedimiento médico-reproductivo: es un tema que entrelaza cuestiones de derechos humanos, legislación civil, bioética y equidad social. En México, este debate cobra especial relevancia por la ausencia de una ley federal que establezca reglas claras y uniformes, lo que genera un mosaico legal fragmentado y riesgos de prácticas irregulares.

En este artículo, basado en el análisis de Voces Jurídicas, abordamos:

  • Qué es la gestación subrogada y cómo se vincula con los derechos humanos.
  • El marco legal en México y los estados que han regulado la práctica.
  • Los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
  • Las posturas éticas y feministas más relevantes.
  • Recomendaciones para un marco legal que proteja a todas las partes.
Derechos Humanos
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¿Qué es la gestación subrogada y por qué es un tema de derechos humanos?

La gestación subrogada es un acuerdo mediante el cual una persona gestante lleva un embarazo a término con la intención de entregar al bebé a otra persona o pareja. Esta práctica puede realizarse:

  • Con aporte genético de la persona gestante (gestación subrogada tradicional).
  • Sin aporte genético, implantando un embrión de terceros (gestación por sustitución).

Vinculación con derechos humanos

El tema involucra múltiples derechos reconocidos en tratados internacionales ratificados por México, entre ellos:

  • Derecho a fundar una familia (art. 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos).
  • Derecho a la igualdad y no discriminación (art. 1 de la Constitución Mexicana).
  • Derecho a la salud y a decidir libremente sobre la reproducción (art. 4 de la Constitución).
  • Derecho a la identidad para niñas y niños nacidos bajo este esquema.

Panorama legal en México: fragmentación y retos

En México no existe una regulación federal que establezca de manera uniforme los requisitos, límites y garantías para la gestación subrogada. Sin embargo, dos estados han legislado en la materia:

Tabasco

  • Permite la gestación subrogada bajo contrato escrito.
  • Exige que las personas solicitantes sean mexicanas.
  • Requiere que la persona gestante cuente con seguridad social y que los solicitantes cubran todos los gastos médicos.
  • Regula el pago a la persona gestante, asegurando que se establezca y cumpla en el contrato.

Debate: la restricción para personas extranjeras podría considerarse discriminatoria y contraria a tratados internacionales.

Sinaloa

  • Establece lineamientos similares pero con criterios más estrictos para la procedencia del contrato.
  • Pone especial énfasis en el consentimiento libre, previo e informado.

Criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

En la ausencia de regulación federal, la SCJN ha sostenido que:

  • La gestación subrogada no está prohibida si se celebra bajo un contrato privado válido.
  • Los jueces deben verificar que se respeten los derechos humanos de todas las partes, especialmente de la persona gestante y del recién nacido.
  • El derecho a la identidad de niñas y niños prevalece sobre formalismos legales, obligando a su registro aun sin legislación específica.

Estos criterios buscan evitar vacíos legales que puedan vulnerar derechos fundamentales.


Posturas éticas y feministas: un debate polarizado

En Voces Jurídicas se identifican dos grandes corrientes:

  1. A favor de la regulación
    • Reconoce la diversidad de familias: heterosexuales, del mismo sexo e individuales.
    • Protege jurídicamente a la persona gestante y a quienes contratan el servicio.
    • Garantiza seguridad médica y contractual.
  2. Crítica o restrictiva
    • Señala riesgos de explotación hacia mujeres en situación económica vulnerable.
    • Advierte sobre posibles presiones sociales o familiares que limiten el consentimiento real.

En ambos casos, el eje central es cómo garantizar un consentimiento auténtico y proteger la dignidad de todas las personas involucradas.


Elementos esenciales de un contrato de gestación subrogada con enfoque de derechos humanos

Para evitar abusos y conflictos legales, el contrato debe contemplar:

  • Asesoría jurídica independiente para la persona gestante y para los solicitantes.
  • Información médica completa sobre riesgos y procedimientos.
  • Cobertura total de gastos médicos y de seguridad social.
  • Cláusulas claras sobre el pago, si lo hubiera, y sus condiciones.
  • Mecanismos para resolver incumplimientos.
  • Reconocimiento de filiación desde el nacimiento.
  • Lenguaje claro, comprensible y sin ambigüedades.

Video: análisis de derechos humanos y gestación subrogada en México

La maestra Mariana Díaz, experta en protección internacional de los derechos humanos, explica de manera accesible y profunda este tema en la serie Voces Jurídicas:

Más análisis y entrevistas en Voces Jurídicas.


Conclusión: hacia una regulación que equilibre libertad y protección

El reto de regular la gestación subrogada en México desde un enfoque de derechos humanos es armonizar el derecho a formar una familia con la protección de la dignidad y autonomía de la persona gestante.

Una regulación bien diseñada debe:

  • Evitar la explotación económica y social.
  • Garantizar igualdad de acceso para todos los modelos de familia.
  • Establecer requisitos claros y procedimientos transparentes.
  • Asegurar la protección jurídica del recién nacido desde su nacimiento.

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