La custodia en México ha dejado de ser un concepto rígido y cargado de estereotipos para convertirse en un asunto jurídico dinámico, sensible a la realidad social y orientado a proteger el interés superior del menor.
Durante gran parte del siglo XX, el modelo predominante asignaba la custodia a la madre bajo la creencia de que era la cuidadora natural. Este patrón se apoyaba en un contexto social donde la mujer desempeñaba principalmente labores domésticas. Sin embargo, con la incorporación de la perspectiva de género y la evolución de la estructura familiar, los jueces han adoptado un enfoque más equitativo y flexible.
Hoy, la custodia puede ser otorgada al padre, a la madre o incluso a terceros, siempre que se demuestre que es la opción más favorable para el desarrollo integral del menor.

De la visión tradicional a la custodia basada en hechos
El cambio no fue inmediato. A partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011 y de pronunciamientos clave de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se reforzó la idea de que el género no debe influir en la decisión de custodia.
Actualmente, el juez debe analizar de manera integral factores como:
- Estabilidad emocional y afectiva que cada progenitor puede brindar.
- Tiempo y disponibilidad real para el cuidado.
- Condiciones de vivienda y entorno de convivencia.
- Capacidad para fomentar relaciones sanas con el otro progenitor.
- Antecedentes de cuidado y vínculo afectivo previo con el menor.
Este enfoque busca evitar decisiones basadas en prejuicios y garantizar que la resolución responda a las necesidades reales del niño, niña o adolescente.
Criterio rector: el interés superior del menor
El interés superior del menor es un principio jurídico reconocido en la Constitución, en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño y en la legislación familiar de cada estado.
En materia de custodia, este principio implica que las decisiones deben:
- Favorecer el desarrollo físico, emocional y social del menor.
- Priorizar su estabilidad y continuidad en el cuidado.
- Evitar rupturas traumáticas en su entorno.
- Garantizar el acceso a educación, salud y valores.
Es importante señalar que la opinión del menor puede ser escuchada, especialmente si tiene edad y madurez suficientes, pero no es el único factor determinante. Los jueces deben valorar si sus preferencias están influenciadas por situaciones temporales o manipulaciones.
Custodia compartida y diversidad familiar
En México, la custodia compartida ha ganado relevancia como un modelo que promueve la corresponsabilidad parental. Este esquema busca que ambos padres participen activamente en la crianza, manteniendo un contacto frecuente y significativo con el menor.
Además, los criterios judiciales se han adaptado para atender la diversidad familiar:
- Familias homoparentales.
- Casos en los que abuelos u otros familiares solicitan custodia.
- Situaciones de violencia o negligencia que requieren medidas de protección.
Este avance demuestra que el derecho familiar está en constante transformación, respondiendo a la realidad social y a las necesidades cambiantes de los menores.
Importancia de los convenios en materia de custodia
Uno de los consejos más repetidos por especialistas en derecho familiar es evitar la judicialización innecesaria. Un juicio prolongado no solo implica desgaste económico y emocional para los padres, sino que puede afectar gravemente al menor.
Los convenios de custodia, elaborados con la guía de abogados especializados, permiten acordar:
- Con quién vivirá el menor.
- Régimen de convivencias.
- Responsabilidades económicas.
- Decisiones escolares y médicas.
Cuando los padres logran acuerdos responsables, se reduce el conflicto, se protege la relación con el menor y se asegura una mayor estabilidad.
Video recomendado: evolución de la custodia en México
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Conclusión: hacia una custodia más justa y herramientas para abogados
La evolución de la custodia en México es un reflejo de una sociedad que avanza hacia la igualdad y que reconoce que lo fundamental es el bienestar del menor, sin importar el género del cuidador. Los jueces, abogados y familias deben trabajar bajo este principio rector para garantizar entornos sanos y protectores.
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